¿Qué es el arraigo extraordinario DT6?
El arraigo extraordinario DT6 es una de las vías principales del decreto RD 316/2026 para regularizar tu situación migratoria en España. Se dirige a personas extranjeras que llevan al menos 5 meses residiendo de forma continuada en el país y cumplen al menos una condición adicional: tener trabajo, familiares dependientes, o estar en situación de vulnerabilidad.
A diferencia de los procesos tradicionales, el DT6 te otorga una autorización provisional para trabajar desde el mismo momento de presentar la solicitud, sin necesidad de esperar a la resolución.
Requisitos principales del DT6
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Residencia continuada: estar en España al menos 5 meses de forma ininterrumpida.
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Cumplir al menos una condición adicional: empleo, familia dependiente, o vulnerabilidad.
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Ser mayor de 18 años.
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No tener autorización de residencia o estancia vigente.
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No tener antecedentes penales en los últimos 5 años.
Condiciones adicionales del DT6
Condición de empleo
Tener un contrato de trabajo, oferta de empleo en firme, o intención documentada de trabajar por cuenta ajena o propia. No es necesario que el contrato sea a tiempo completo ni indefinido.
Condición de familia
Tener hijos menores bajo tu tutela, hijos con discapacidad, o familiares (cónyuge, pareja registrada, ascendientes o descendientes) que dependan económicamente de ti y residan en España.
Condición de vulnerabilidad
Estar en situación de vulnerabilidad acreditada por una entidad social inscrita en el Registro de Colaboradores de Extranjería. Esto incluye víctimas de trata, explotación, violencia de género, o situación de pobreza extrema documentada.
Timeline del proceso DT6
- 1
Días 1-5: Compila documentación (contrato, empadronamiento, certificado vulnerabilidad si aplica).
- 2
Día 6: Paga la tasa administrativa (790-012) en la entidad bancaria autorizada.
- 3
Día 7: Presenta solicitud en la Comisaría de Policía Nacional o delegación de extranjería con original de tasa.
- 4
Día 1 de solicitud: Automáticamente obtienes autorización provisional para trabajar.
- 5
1-3 meses: Administración revisa documentación y resuelve tu caso.
Autorización de trabajo DT6
Una de las ventajas clave del DT6 es que recibes autorización provisional para trabajar desde el momento exacto de la presentación de la solicitud. No necesitas esperar meses para poder ejercer legalmente tu profesión o negocio. Esto te permite cotizar a la Seguridad Social, firmar contratos laborales con protección legal, y acceder a derechos sociales.
Documentación necesaria
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Pasaporte válido, caducado, o cédula de inscripción.
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Contrato de trabajo (para condición de empleo) o carta de empresa con oferta de empleo.
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Empadronamiento en España demostrando los 5 meses continuados.
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Certificado de vulnerabilidad (si aplicas por esta condición).
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Documentos familiares (partidas de nacimiento, matrimonio) si aplicas por familia.
Puntos importantes a recordar
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El plazo se cierra el 30 de junio de 2026: no hay prórroga.
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La tasa administrativa se paga directamente a la Administración, no a abogados ni gestorías.
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La autorización provisional es eficaz aunque la Administración tarde en resolver.
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Mantener los 5 meses continuos de residencia es crítico: cualquier salida puede interrumpir el período.